Preguntas más frecuentes

¿Donde puedo cancelar los impuestos de mi vehículo de servicio particular?

R:/ Estos impuetos se cancelan en la Gobernación de Caldas, oficina de rentas departamentales, o ingresando a la página web http://www.gobernacióndecaldas.gov.co

Tengo un vehículo hace mucho tiempo y nunca legalicé el traspaso, ¿Quién debe diligenciar el formulario de Autodeclaración RUNT?

R:/ Lo puede diligenciar tanto el propietario legal como el tenedor del vehículo.

¿Qué descuento obtengo si cancelo un comparendo en los primeros 3 días después de realizado?

R:/ Se le descuenta el 25% del valor de la multa asistiendo a un curso de educación vial dentro de los 3 días hábiles siguientes a la imposición del comparendo, el 75% restante debe cancelarse de contado.

¿Es verdad que por disposición del Ministerio de Transporte se deben cambiar las licencias de conducción?

R:/ El Ministerio de Tranporte aún no ha expedido la reglamentación para el cambio de licencias de conducción, por lo tanto, todavía no hay que cambiarlas.

¿Es cierto que para los vehículos y motocicletas registrados en la Secretaría de Tránsito de Manizales no se requiere diligenciar el formulario del RUNT?

R:/ En Manizales, se expidió la resolucion 054 del 7 de Mayo 2009, donde se aclara que no es necesario diligenciar el formulario de Autodeclaración RUNT que la secretaría tal, realiza la actualización y cargue de la información.                                                                                                                                                                                    Nota: Solo se debe verificar entrando a la pagina web http://190.66.24.246/AutodeclaracionWeb/autodeclaracion/registrar_autodeclaracion.jsf

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